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lunes, 10 de enero de 2011

DIFERENCIAS ENTRE SEPARACION MATRIMONIAL Y DIVORCIO



Y es que conviene recordar que no son lo mismo. La SEPARACION NO ES MAS QUE UNA FIGURA LEGAL puente entre la verdadera disolución de un matrimonio: EL DIVORCIO


Lo más habitual en un régimen de separación matrimonial, aunque puede variar en función del ordenamiento jurídico, es que existan las siguientes diferencias con el vínculo matrimonial:


Desaparece la obligación de vivir en el domicilio conyugal (en las legislaciones donde esta obligación existe). Este es un requisito esencial en la separación.
Se debe liquidar el régimen económico matrimonial. A partir de la separación, las partes liquidan la comunidad de bienes (en el caso de que existiese), y pasan a regirse por separación de bienes como si no estuviesen casados.
Se procede a repartir la custodia legal de los hijos, el régimen de visitas y la pensión de alimentos en favor de los hijos en su caso.
Si la legislación lo contempla y si existe desequilibrio económico entre los cónyuges, se puede establecer la pensión compensatoria (también denominada en algunos casos pensión de alimentos) de un cónyuge al otro.
Los separados pierden los derechos hereditarios que corresponden a los cónyuges.
Uno de los padres se hace responsable por sus hijos o cada uno se queda con uno.


La principal diferencia entre la separación y el divorcio es que el matrimonio sigue existiendo. Por este motivo:


Una persona separada no puede volver a contraer matrimonio, porque incurriría en bigamia.
Una persona separada, puede divorciarse posteriormente.


Diferentes conceptos que engloba la palabra DIVORCIO:

1. DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
Concepto genérico. "Es la disolución del vínculo matrimonial que se obtiene gracias a una sentencia judicial que pone fin a un procedimiento el cual se inició por una solicitud en la que ambos cónyuges estuvieron de acuerdo en realizar y han cumplido con todos los requisitos legales que la ley marca para lograr se dicte sentencia".
Procedimiento genérico: Estando de acuerdo ambos cónyuges comparecen o se presentan (por escrito o de forma personal y verbal dependiendo de cada legislación) ante la autoridad judicial competente (normalmente un juez familiar) y solicitan se decrete en sentencia definitiva el divorcio, por lo que que una vez que los cónyuges realizan todos los pasos legales obtienen la sentencia de divorcio.

2. DIVORCIO SIN EL CONSENTIMIENTO DE UNO DE LOS ESPOSOS
Concepto genérico. "Es la disolución del vínculo matrimonial que se obtiene gracias a una sentencia judicial que pone fin a un procedimiento el cual inició por la petición o demanda de uno de los cónyuges en la cual dicho cónyuge solicitante sin el consentimiento del otro pide al Juez la terminación del vínculo matrimonial y la petición o demanda tiene apoyo en hechos que la ley considera como suficientes para que se otorgue el divorcio (causales de divorcio)".
En algunos países o localidades de diversos países este es conocido como el Divorcio Necesario.
Para solicitar al Juez se decrete el "divorcio necesario" es requisito que el cónyuge solicitante pruebe que su esposo o esposa ha realizado o incurrido en hechos que la ley marca como suficientes para que opere el divorcio.
La legislación de cada país señala cuales son las causas de divorcio necesario, pero de forma genérica encontramos:
A. Violencia intrafamiliar (lesiones, injurias, violencia psicológica o física).
B. Adicciones. Que afecten el al núcleo familiar o a alguno de sus integrantes (Ejemplo adicción a drogas, juegos, etc).
C. Ser sentenciado a pena corporal por delito grave que no alcance el beneficio de libertad bajo caución o fianza.
D. Adulterio.
E. Bigamia.
F. Incitar u obligar a cualquier integrante a cometer un delito
G. Conductas que ponen en peligro la integridad física o psicológica de cualquiera de los integrantes de la familia.
H. Abandono injustificado del hogar.
I. Infecciones de transmisión sexual incurables.
J. Falta de cumplimiento intencional a las obligaciones alimentarias.
K. Delito cometido en contra de uno de los cónyuges o de los hijos.
En este tipo de procedimiento la voluntad de uno de los cónyuges para divorciarse no es suficiente como causal de divorcio, Es decir que el deseo de seguir casado no se considera como importante ya que solamente que se prueben algunas de las "causales de divorcio" se podrá dictar sentencia que decrete como terminado el matrimonio, si en el procedimiento NO se prueba alguna de las causales entonces la sentencia de divorcio no operará y seguira vigente el matrimonio.

3. DIVORCIO POR VOLUNTAD DE UNO DE LOS ESPOSOS
Concepto. "Es la disolución del vínculo matrimonial que se obtiene gracias a una sentencia judicial que pone fin a un procedimiento el cual inició por la petición o demanda de uno de los cónyuges en la cual dicho cónyuge solicitante sin el consentimiento del otro pide al Juez la terminación del vínculo matrimonial y este simple deseo es suficientes para que se otorgue el divorcio".
A diferencia del anterior mencionado "divorcio necesario", en este tipo de divorcio solo se invoca una sola causal que es la voluntad del cónyuge solicitante de quererse divorciar.
Este procedimiento de divorcio es mucho mas rápido que el anteriormente mencionado "divorcio necesario".

1 comentario:

  1. Os queria presentar un nuevo proyecto asesorado por un grupo de psicólogos, psiquiatras y educadores es una editorial multimedia enfocada al niño.
    Se trata de un cuento interactivo que ayudará a los niños de 3 a 6 años a entender con naturalidad un tema tan complejo y delicado como es la separación de sus padres.
    A partir de las nuevas tecnologías (zonas táctiles, efectos de sonido y animaciones) se constituye un medio motivador para conseguir captar la atención de los niños por más tiempo.
    Más información en la web: www.applis.es

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